Cómo declarar ETFs en la Renta 2026 paso a paso: casillas, FIFO y informe fiscal por broker
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Cómo declarar ETFs en la Renta 2026 paso a paso: casillas, FIFO y informe fiscal por broker

· Actualizado: 7 min de lectura

Pasos concretos para declarar ETFs en Renta Web 2026: tramos del IRPF base ahorro actualizados (19-30% con el nuevo 30% sobre 300.000€), método FIFO, informe fiscal de cada broker (DEGIRO, IBKR, Trade Republic con sucursal española, MyInvestor) y errores frecuentes. Si buscas el marco fiscal de los ETFs (acumulación vs distribución, doble imposición, Modelo 720), lee la guía complementaria de fiscalidad.

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Esta guía es la PARTE OPERATIVA de declarar ETFs en la Renta: dónde está la sección correcta dentro de Renta Web, qué cifra va a qué casilla, cómo obtener el informe fiscal anual del broker (MyInvestor, DEGIRO, IBKR, Trade Republic) y cómo aplicar el método FIFO cuando vendes solo parte de una posición. El MARCO fiscal de los ETFs (acumulación vs distribución, Modelo 720, doble imposición) lo cubrimos en la guía emparejada de fiscalidad.

1. ¿Cuándo tengo que declarar mis ETFs?

La regla fundamental: solo declaras ETFs cuando realizas una operación de venta con ganancia o pérdida. Mientras no vendas, no hay nada que declarar.

  • ETF de acumulación (Acc): no declaras dividendos: Los ETFs de acumulación como VWCE o IWDA reinvierten los dividendos internamente. No los recibes tú, por lo que no tributas por ellos anualmente. Solo declaras al vender.
  • ETF de distribución (Dist): declaras dividendos cada año: Si tienes un ETF que reparte dividendos (como VWRL en vez de VWCE), debes declarar esos dividendos en la Renta del año en que los recibes, aunque no hayas vendido.
  • Pérdidas: también hay que declararlas: Si vendes con pérdidas, también debes declararlo. Las pérdidas te permiten compensar ganancias de otros activos y reducir tu factura fiscal.

2. Qué tributa y a qué tipo: tramos del IRPF base ahorro 2026

Las ganancias por venta de ETFs tributan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro del IRPF, con tramos progresivos. El tramo superior del 30% es nuevo desde el 1 de enero de 2025 (Ley 7/2024); sustituyó al antiguo 28% sobre la franja superior a 300.000€.

Ganancia anualTipo impositivo
Hasta 6.000€19%
De 6.000€ a 50.000€21%
De 50.000€ a 200.000€23%
De 200.000€ a 300.000€27%
Más de 300.000€30% (nuevo desde ene 2025)

Tramos IRPF base ahorro 2026

Tipo impositivo aplicable según la ganancia anual en la base del ahorro

Los tipos se aplican TRAMO A TRAMO: si tu ganancia patrimonial anual son 80.000€, los primeros 6.000€ tributan al 19%, los siguientes 44.000€ al 21% y los últimos 30.000€ al 23%. NO se aplica el 23% sobre los 80.000€ totales. Esto es importante porque mucha gente lee los tramos como "tipo único" y se asusta.

Los dividendos de ETFs distribuidores tributan a los mismos tramos como rendimientos del capital mobiliario. Para ETFs UCITS irlandeses (tipo VWRL) no hay retención en origen porque Irlanda no retiene a no residentes; para ETFs que cotizan directamente en EEUU sí hay retención en origen (30% por defecto, 15% con W-8BEN) y se aplica el mecanismo de doble imposición internacional para deducir lo retenido fuera.

3. Cómo se calcula la ganancia: el método FIFO

Hacienda aplica el método FIFO (First In, First Out): cuando vendes participaciones de un ETF, se considera que vendes primero las que compraste antes. Esto tiene implicaciones importantes si has hecho aportaciones periódicas a distintos precios.

  • Ejemplo práctico FIFO: Compraste 10 participaciones en enero a 80€ (coste: 800€) y 10 en julio a 100€ (coste: 1.000€). Si en diciembre vendes 10 participaciones a 110€ (ingreso: 1.100€), Hacienda considera que vendiste las de enero: ganancia = 1.100€ - 800€ = 300€, no 100€.
  • Ganancia = Precio de venta - Precio de compra - Comisiones: Puedes restar las comisiones de compra y venta del cálculo de la ganancia. Guarda siempre los justificantes de cada operación.
  • Tipo de cambio si el ETF cotiza en USD: Si compraste un ETF en USD, la ganancia o pérdida se calcula en euros al tipo de cambio de cada operación. Tu broker debe informarte de esto en el informe fiscal.

Con fondos de inversión, el FIFO funciona igual pero con un matiz importante: cuando haces un traspaso al amparo del artículo 94 LIRPF, las nuevas participaciones conservan la fecha y el valor de adquisición de las originales — y al aplicar FIFO sobre futuros reembolsos parciales, esas son las primeras en salir. Más detalle en traspasar fondos indexados sin pagar a Hacienda en 2026: el artículo 94 LIRPF con casos reales.

4. Casillas del Modelo 100 (Renta Web)

Desde la reforma fiscal de 2014, todas las ganancias y pérdidas por venta de ETFs van a la BASE DEL AHORRO independientemente del plazo de tenencia. La distinción antigua entre "menos de 1 año" (base general) y "más de 1 año" (base ahorro) DESAPARECIÓ. Quien te diga lo contrario está usando información de hace más de 10 años.

ConceptoCasilla orientativa Renta Web
Ganancias por venta de ETFsSección "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones" — base del ahorro (casillas 1626-1628)
Pérdidas por venta de ETFsMisma sección, importe con signo negativo
Dividendos de ETFs distribuidoresSección "Rendimientos del capital mobiliario" — base del ahorro (casilla 0029)
Retención en origen sobre dividendos USASección "Deducciones por doble imposición internacional" (casilla 0588)

Los números de casilla son orientativos: cambian ligeramente cada campaña y Renta Web reorganiza el flujo. Lo importante es identificar el tipo de renta (ganancia patrimonial, rendimiento del capital mobiliario, deducción por doble imposición) y dejar que Renta Web te guíe al apartado correspondiente. Si tu broker es español (MyInvestor, Openbank, ING, Trade Republic con sucursal ES desde feb 2025), gran parte de los datos aparecen ya precargados desde el Modelo 196/188 que envió el broker a Hacienda.

5. Cómo obtener el informe fiscal de tu broker

  • Degiro: Accede a tu cuenta → Informes → Informe anual (selecciona el año). Descarga el PDF con todas las operaciones del año. Incluye precio de compra/venta, fechas y comisiones.
  • eToro: Ve a Portfolio → History → Account Statement. Selecciona el año completo y descarga el informe en PDF o Excel.
  • Interactive Brokers: Reports → Tax → Annual Tax Forms. Genera el informe de ganancias y pérdidas realizadas.
  • Trade Republic: Configuración → Documentos → Extracto anual fiscal. Disponible a partir de febrero del año siguiente.

6. Compensación de pérdidas: cómo reducir tu factura fiscal

Las pérdidas en ETFs activan un escudo fiscal en cascada. Aprovecharlo bien es una de las optimizaciones legales más rentables del IRPF:

  • Paso 1: compensación entre ganancias y pérdidas patrimoniales del año: Las pérdidas patrimoniales (ETFs, acciones, fondos, cripto, inmuebles) se compensan con cualquier ganancia patrimonial del año sin límite entre activos. Si ganaste 5.000€ con una acción y perdiste 2.000€ con un ETF, solo tributas por 3.000€ netos.
  • Paso 2: si queda saldo negativo, hasta 25% contra rendimientos del capital mobiliario: Si tras compensar tienes pérdida patrimonial neta, puedes restarla de tus rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses cobrados ese año) con el límite del 25% de esos rendimientos. Muchos inversores no aplican este paso y dejan dinero sobre la mesa.
  • Paso 3: lo que sobre se arrastra 4 años: Si tras los dos pasos anteriores aún queda pérdida pendiente, se arrastra a los 4 ejercicios siguientes manteniendo el mismo orden de aplicación.
  • Regla de recompra (2 meses): no apliques pérdida si recompras: Si vendes un ETF con pérdidas y recompras el mismo ETF (o uno "homogéneo" en cuanto a índice subyacente) en los 2 meses anteriores o posteriores a la venta — para valores cotizados en mercados regulados de la UE —, Hacienda no permite computar esa pérdida. Es la "norma antiaplicación de pérdidas". Para valores no cotizados en mercados regulados el plazo es 1 año.

7. Modelo 720: cuándo tienes que presentarlo

El Modelo 720 es la declaración de bienes en el extranjero. Debes presentarlo si en algún momento del año tienes más de 50.000€ en activos financieros en el extranjero (acciones, ETFs, fondos). Los brokers como Degiro, eToro e Interactive Brokers son entidades extranjeras, por lo que aplica.

  • ¿Cuándo presentarlo?: Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente. Es decir, si en 2025 superaste los 50.000€ en Degiro, debes presentar el 720 antes del 31 de marzo de 2026.
  • ¿Qué pasa si no lo presento?: Las sanciones por no presentar el 720 eran muy elevadas, aunque el Tribunal de Justicia de la UE las declaró desproporcionadas en 2022. La obligación de declarar sigue vigente, pero las multas se han reducido.
  • Modelo 721 para criptos: Desde 2024 existe el Modelo 721 para declarar criptomonedas en exchanges extranjeros que superen los 50.000€. Aplica si tienes cripto en eToro, Binance u otros exchanges.

Conclusión

Declarar ETFs no es complicado si lo haces de forma ordenada. Los puntos clave: solo declaras cuando vendes o cobras dividendos, usa el informe fiscal de tu broker como base, aplica FIFO, recuerda que las ganancias van SIEMPRE a base del ahorro (sin distinción de plazo desde 2014) y aprovecha el escudo fiscal de las pérdidas en cascada (patrimoniales del año → 25% rendimientos capital mobiliario → 4 años de arrastre). Si tienes más de 50.000€ en brokers extranjeros, no olvides el Modelo 720 entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente.

Para el marco fiscal completo de los ETFs en España (UCITS vs USA, retención en origen, casos prácticos): guía de fiscalidad de ETFs. Para entender por qué los inversores indexados españoles prefieren fondos a ETFs como núcleo de cartera (traspaso sin tributar del artículo 94 LIRPF): traspaso de fondos sin pagar a Hacienda. Para el panorama fiscal general con calculadora interactiva: hub de fiscalidad de RedInversora.

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